Micelio
Auto5 de junio de 2024

A- de 2024

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Montes Para Heriberto

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto suscitado entre el Juzgado 9 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 12 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los Despachos surge por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por Colpensiones, en contra de la Resolución que reconoció una pensión de vejez a favor de un ciudadano, toda vez que la demandante alude que el valor percibido hasta la fecha por concepto de la pensión de vejez es superior al que realmente le corresponde percibir.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a las previsiones del Auto 316 de 2021, según el cual, conforme con los artículos 97 y 104 del CPACA, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos.

En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 9 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo el Juzgado 12 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 9 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 12 Laboral del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 9 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de la Resolución GNR-052037 del 4 de abril de 2013.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5511 al Juzgado 9 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo el Juzgado 12 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.